El círculo de la palabra
inicia con el saludo a los asistentes.
En la sesión, una estudiante de
Derecho manifiesta una inquietud sobre las implicaciones del derecho indígena
dentro del derecho del Estado-nación colombiano; y pide a los miembros del
círculo que presenten puntos de vista del funcionamiento de la legislación
indígena de las distintas comunidades dentro del Estado colombiano.
Se comienza dejando en claro la
jurisdicción especial con la que cuentan las comunidades indígenas, además el
derecho indígena está estrechamente relacionado con los derechos de la madre
tierra. Por lo tanto las leyes que rigen a los diferentes territorios indígenas
a lo largo del país están basadas en la protección del territorio como campo sagrado para cada comunidad.
Sin embargo si las comunidades
indígenas basan su derecho en la protección de la madre tierra, existe el
dilema ¿Qué es lo que la madre tierra exige? Para todos es clara la
imposibilidad de comunicarnos con la naturaleza y además tener prueba de ello,
por lo tanto toda comunidad indígena no tiene la autoridad para decidir por la
madre tierra. En otras palabras el territorio indígena o la madre tierra es
inconsultable.
En la sesión se mencionan aspectos
importantes como:
*La Constitución de 1991 reconoce
que Colombia es un país pluriétnico y multicultural. Así, valora la gran
diversidad étnica del país y plantea los mecanismos para proteger la identidad
cultural y los derechos de pueblos indígenas, comunidades afrocolombianas y
raizales, entre otros.
* Así como se reconocen derechos,
también se establecen unas obligaciones.
Una de ellas es que la comunidad indígena tenga
su plan de vida.
* El plan de vida es un instrumento que permite, entre otros aspectos,
comunicar lo que denominan el desarrollo propio; su manera específica de ver su
vida y su futuro.
* La Cosmovisión de cada
comunidad indígena tiene que ver mucho con el plan de vida de cada comunidad.
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